Año 230 D.D.G
Tras un periodo de paz el nombre de un sujeto comenzó a surgir entre los piratas hasta hacerse de un renombre mundial… Norman D. Gold, un pirata que en un par de años alcanzó el poder suficiente para consagrarse como un emperador pirata y eventualmente para ser nombrado como rey de los piratas al haber reunido un tesoro inconcebible al cual se le otorgó el nombre de “One Piece”. Durante años el Gobierno hizo uso de todos sus recursos para acabar con este hombre per todo fue inútil y decidieron simplemente dedicarse a contener sus ataques. Gold sin embargo, no parece interesado en destruir al Gobierno o en atacar a sus instituciones, sino más bien en continuar explorando el mundo no conocido estableciendo con su poder una estabilidad no vista antaño en el mundo de la mano de todas las demás facciones. ¿Serás parte del mundo y su avance?. Seguir leyendo...
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Este obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 4.0 Internacional.
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Registro: Poderes Especiales.
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Registro: Poderes Especiales.
En OPBS se permitirá a los usuarios crear sus poderes especiales, pero, ¿qué es un poder especial?. Un poder especial es todo aquello que sale de la norma, algunos ejemplos simples son los estilos elementales (fuego, hielo, electricidad) que algunas frutas del diablo y razas permiten por defecto, empero, se considera poder especial desde el momento en que un personaje que no tiene algunas de estas circunstancias desea realizarlo, por ejemplo, un humano que desea tener un estilo elemental de hielo sin tener una fruta del diablo.
Los poderes especiales pueden ser tan variados como los usuarios los deseen, sin embargo, es de aclarar que no todos son aceptados pues primero deben pasar por una revisión. Los poderes especiales pueden brindar desde aumentos a las habilidades (no de forma total, sino de forma parcial, es decir, al momento de utilizar ciertos movimientos) hasta otorgar tipos de poderes extraños (aunque posibles).
Los poderes especiales se dividen inicialmente en dos tipos:
->Individuales: Poderes que nadie más tiene salvo el usuario por alguna razón en particular.
->Grupales: Poderes que tiene una cantidad limitada o ilimitada de usuarios (aquí se incluye todo poder elemental).
Al momento de crear un poder se debe especificar y justificar las razones del mismo, agregando que la administración puede colocar limitantes tanto al poder como a los requisitos para su uso o incluso rechazarlos. Es de mencionar desde ahora que este tipo de poder se encuentra generalmente “vetado” para todos los usuarios de frutas del diablo (ya que los mismos tiene de por sí una habilidad por las mismas), lo anterior puede ser solo roto por frutas consideradas débiles (aunque esto queda a decisión de la administración).
Es también de mencionar que si bien los poderes se pueden “enseñar”, para que se tenga uso se deberá registrar aquí el poder (y se repite, los usuarios de akuma generalmente no podrán aprender dicho poder). De este modo, un poder inicialmente “individual” podrá pasar a ser grupal, o un poder grupal a individual si sus usuarios van muriendo.
También se aclara que los poderes especiales pueden conllevar el uso particular de un arma o incluso del haki mismo (este último podrá ser permitido incluso para usuarios de akuma siempre y cuando se considere que los mismos pueden hacerlo, siendo básicamente solo los usuarios de akumas muy fuertes los que queden eximidos de esta ventaja puesto que su poder ya es considerado de por sí algo considerable).
Además, se debe poseer una habilidad especial particular para poder ser acreedor a un poder especial. Para hacer el registro se debe rellenar el siguiente formato:
- Código:
[b]Nombre:[/b] Del usuario del poder, si es el primero en registrar dicho poder este se considerará el fundador, aunque no por ello será el más fuerte pero será reconocido on rol como el creador de dicho poder.
[b]Poder a registrar:[/b] Si ya existe solo especificar su nombre, si no existe debe darse un nombre relacionado al poder.
[b]Explicación del poder:[/b] En caso de ser un poder nuevo (también puede ser una modificación de un poder ya existente, aunque esto será moderado con más severidad) se debe explicar el funcionamiento del mismo.
[b]Ventajas a otorgar:[/b] Las ventajas que otorga, tales como subida de habilidades, aumento o reducción de daño, etc. También se puede colocar si tiene penalizaciones de algún tipo.
[b]Requisitos:[/b] Si de base existe un requisito en habilidades.
[b]Historia:[/b] Si el poder es nuevo se puede anexar una pequeña historia (resumida) de cómo surgió para ser considerado on rol.
Información
Elemental tipo Fuego (0 / ?)
Elemental tipo Hielo ( 0 / ?)
Elemental tipo Eléctrico (0 / ?)
Haki Mejorado (0/?):
© Tablilla Realizada por Yosuka Akane. Exclusivo OPBS
Re: Registro: Poderes Especiales.
Nombre: Mishael
Poder a registrar: Electro
Explicación del poder: Los usuarios de esta técnica pueden producir electricidad en partes de su cuerpo a cualquier cosa que toquen, otorgando un daño extra a sus ataques, provocando quemaduras eléctricas y parálisis. Este poder también puede canalizarse a través de las armas
Requisitos: Ser de la Tribu Mink
Poder a registrar: Electro
Explicación del poder: Los usuarios de esta técnica pueden producir electricidad en partes de su cuerpo a cualquier cosa que toquen, otorgando un daño extra a sus ataques, provocando quemaduras eléctricas y parálisis. Este poder también puede canalizarse a través de las armas
Requisitos: Ser de la Tribu Mink
InvitadoInvitado
Re: Registro: Poderes Especiales.
Peticiones Aceptadas
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InvitadoInvitado
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